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Laboral3 min de lectura

¿Cuánto plazo tengo para demandar por despido injustificado?

En resumen

Tienes 60 días hábiles desde el término de la relación laboral para demandar por despido injustificado, indebido o improcedente (artículo 168 del Código del Trabajo). Se cuentan de lunes a sábado, sin domingos ni festivos. Si dentro de ese plazo reclamas ante la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles desde la separación.

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Cómo se cuentan los 60 días hábiles

El plazo parte el día en que terminó la relación laboral, no el día en que recibiste el finiquito ni la fecha en que te pagaron. En este plazo se cuentan los días de lunes a sábado: los domingos y los festivos no se cuentan.

En la práctica, 60 días hábiles equivalen a algo más de dos meses calendario. Como el cálculo depende de los festivos del período, lo prudente es no apurar la cuenta: anota la fecha exacta de la separación y consulta con tiempo.

Cuándo se suspende el plazo

Si antes de demandar presentas un reclamo por despido ante la Inspección del Trabajo, el plazo de 60 días hábiles se suspende mientras dura ese trámite y sigue corriendo cuando termina.

La suspensión tiene un límite: en ningún caso puedes demandar después de 90 días hábiles contados desde la separación. Si el comparendo en la Inspección se demora, ese tope sigue corriendo igual.

Qué acciones tienen este mismo plazo

  • Despido injustificado, indebido o improcedente (artículo 168).
  • Despido indirecto o autodespido, cuando el trabajador termina el contrato por incumplimientos graves del empleador (artículo 171).
  • Tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido (artículos 486 y 489).

Plazos distintos que suelen confundirse

No todo lo que se reclama al terminar un contrato tiene el plazo de 60 días hábiles. El cobro de derechos que nacen del término del contrato prescribe en seis meses desde la terminación (artículo 510, inciso segundo), y los derechos que el contrato daba durante su vigencia prescriben en dos años desde que se hicieron exigibles (artículo 510, inciso primero).

Confundir estos plazos es uno de los errores más caros: quien cree tener seis meses para demandar un despido puede perder la acción por esperar. Ante la duda, cuenta siempre con el plazo más corto.

Qué hacer hoy si te despidieron

  • Guarda la carta de despido y anota la fecha exacta en que terminó tu trabajo.
  • No firmes el finiquito sin revisarlo. Si lo firmas, puedes hacerlo con reserva de derechos, escribiendo a mano lo que no aceptas.
  • Pide tu certificado de cotizaciones: si hay meses impagos, puede corresponder la nulidad del despido.
  • Reúne tu contrato, tus últimas liquidaciones y cualquier mensaje o correo relacionado.
  • Consulta con un abogado laboral antes de que se acerque el día 60.

Información general sobre la ley chilena vigente a octubre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso: los plazos se calculan con tus fechas y documentos.

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Escrito por el equipo de LEAD Abogados Asociados, Iquique.

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